David Guisado Aparejador Sevilla

El libro de incidencias. Fundamentos de Seguridad (VIII)

¡Buenas de nuevo!. Otra semana más, os traigo la octava entrada del ciclo de Fundamentos de seguridad, en este caso os hablo sobre el Libro de Incidencias. Para el presente artículo, trataremos la definición, sus funciones y , en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Podéis consultar las anteriores entradas al ciclo en los siguientes enlaces:

La Seguridad en obras de construcción. Fundamentos de Seguridad (I), donde realizo la introducción al ciclo, comentando los aspectos esenciales.

La Normativa en el ámbito de la seguridad en obras. Fundamentos de Seguridad (II). Don de se enumera la relación de disposiciones más importantes en materia de seguridad y salud en obras de construcción.

El Nombramiento de coordinadores de Seguridad. Fundamentos de Seguridad (III). Donde se enumera y explica cuando es necesario el nombramiento de la figura del coordinador de seguridad durante la ejecución de las obras.

El Estudio de Seguridad y su Obligatoriedad. Fundamentos de Seguridad (IV). Donde se enumeran los aspectos esenciales a tener en cuenta en el estudio de seguridad.

El Plan de Seguridad. Fundamentos de Seguridad (V). Donde se establecen los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de utilizarlo, así como los derechos y obligaciones de sus intervinientes.

Principios de la acción preventiva. Fundamentos de Seguridad (VI). Donde se enumeran las principales medidas a emplear por el contratista en las labores de prevención.

Los Principios de prevención aplicables al proyecto. Fundamentos de Seguridad (VII). Donde se enumeran los aspectos a tener en cuenta de prevención, en la redacción del proyecto.

El libro de incidencias

-Definición

Para poder definir el libro de incidencias, hay que entenderlo como la herramienta de trabajo del coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de las obras. Es el documento donde se recogen las incidencias producidas durante la ejecución de las obras en materia de prevención de riesgos laborales.

-Funciones

La principal función del libro de incidencias es el control y seguimiento del plan de seguridad, donde, como hemos visto en la quinta entrada del ciclo, se identifica, planifica, organiza y controla todas las actividades preventivas en una obra de construcción. Siendo el control y seguimiento la comprobación periódica del cumplimiento de las previsiones contenidas en el plan.

La comunicación a la Inspección de Trabajo de la reiteración de incidencias producidas durante la ejecución de las obras.

-Principales Disposiciones en RD 1627/97

El RD 1627/97 desarrolla, las principales disposiciones a tener en cuenta a la hora de trabajar sobre el libro de incidencias. Son las siguientes:

1. En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del plan de seguridad y salud un libro de incidencias que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto.

2. El libro de incidencias será facilitado por:
a) El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y salud.
b) La Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de las Administraciones públicas.

3. El libro de incidencias, que deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesaria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo, relacionadas con los fines que al libro se le reconocen en el apartado 1.

4. Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no sea necesaria la designación de coordinador, la dirección facultativa, deberán notificarla al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste. En el caso de que la anotación se refiera a cualquier incumplimiento de las advertencias u observaciones previamente anotadas en dicho libro por las personas facultadas para ello, así como en el supuesto a que se refiere el artículo siguiente, deberá remitirse una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de veinticuatro horas. En todo caso, deberá especificarse si la anotación efectuada supone una reiteración de una advertencia u observación anterior o si, por el contrario, se trata de una nueva observación.

Y hasta aquí el artículo de hoy, y ya sabéis: si queréis conocer más aspectos sobre el mundo de la construcción, echad un vistazo a los demás artículos del blog. Podéis contactar conmigo en mediante las distintas vías o bien rellenando el formulario de la página de contacto.

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